Aviso de Obra
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El Aviso de Obra autoriza exclusivamente a ejecutar las tareas de mantenimiento y modificación en edificaciones existentes detalladas en el Artículo 2.1.1 del Código de Edificación.
Aclaraciones:
Se realizará una verificación interna con la Agencia Gubernamental de Control (AGC) para constatar la inexistencia de clausuras en el inmueble. En caso de existir una clausura por falta de Aviso de Obra, se emitirá el Aviso correspondiente. En caso de existir clausura previa por falta de Permiso de Ejecución de Obra Civil, el Aviso de Obra será inviable;
En los inmuebles con protección especial edilicia, se dará intervención a la Dirección General de Interpretación Urbanística la cual podrá requerir la incorporación de una memoria descriptiva, y/o un relevamiento fotográfico
¿Qué tareas puedo hacer con el aviso de obra?
Con el Certificado de Aviso de Obra, podrá dar inicio a las tareas detalladas a continuación:
Reparar, limpiar, pintar, cambiar texturas de fachadas o instalar toldos y/o marquesinas, cuando se requiera la colocación de vallas provisorias para ocupar la vereda con materiales, y/o se requiera el armado de andamios y/o defensas para evitar la caída de materiales
Reemplazar y/o ejecutar -en interiores- contrapisos, carpetas de asiento, solados, revoques, revestimientos de paredes y/o cielorrasos
Realizar modificaciones internas menores, como abrir vanos, demoler o levantar tabiques divisorios no portantes de acuerdo a lo previsto en “Subdivisión de Locales” del Capítulo 3.3 del presente Código, siempre que no cambien las condiciones de habitabilidad de los locales.
Terraplenar y rellenar terrenos
Ejecutar rampas y cualquier otro elemento que no requiera permiso, que permita cumplir con la normativa de accesibilidad a la edificación
Reemplazar el material de cubierta de techos y/o ejecutar tareas para la realización de techos y muros verdes, sin afectar la estructura portante
Ejecutar modificaciones en instalaciones sanitarias, eléctricas, mecánicas, electromecánicas, térmicas y de prevención contra incendios que no impliquen aumento de capacidad
Documentación
Reglamento de copropietarios actualizado y su consentimiento, autorizando la obra (en caso de aplicar el régimen de propiedad horizontal y si la obra afecta a partes comunes).
Autorización del Propietario en caso de Inquilino o Concesionario: En los casos que quien inicie el trámite sea un inquilino o concesionario, autorización del propietario sobre la obra en cuestión (PDF o JPG o PNG).
Conformidad de los Condóminos (en el caso de exista más de un propietario por unidad funcional).
Conformidad de Copropietarios autorizando la obra (en caso de aplicar el régimen de propiedad horizontal y si la obra afecta a partes comunes) (PDF, JPG o PNG).
CUIT y acta de designación del administrador, en caso de consorcio.
Contar con Clave Ciudad de AGIP.
Informe de Dominio